La Ley 20.183, dictada en 2007, permite el Voto Asistido para quienes lo necesiten, dando amplias posibilidades de acompañamiento y asistencia al momento de votar.

Para hacer uso de este derecho, las personas deben informar a la presidenta o presidente de mesa.

Quienes necesiten ingresar a la cámara secreta con un acompañante, pueden hacerlo luego de informar al presidente de mesa. Este acompañante debe ser una persona de la confianza de quien vota: puede ser un familiar, un amigo o un cuidador, mayor de 18 años.

Si la persona viene sin acompañante, puede pedir asistencia al presidente de mesa.

Asimismo, si la persona viene en camilla o silla de ruedas, puede votar fuera de la cámara, y se asegurará el secreto del voto.

Para quienes no pueden firmar el padrón, pueden estampar la huella del pulgar derecho o, en su defecto, cualquier otro dedo.

Las personas ciegas o con discapacidad visual pueden pedir la plantilla de votación con ranuras o sistema Braille.

Las personas sordas pueden solicitar el Voto Asistido mediante lengua de señas o por escrito.

Las personas con discapacidad intelectual pueden pedir Voto Asistido, si es que lo necesitan.

El Carnet de Identidad o el Pasaporte son los únicos documentos válidos para votar. La credencial de discapacidad no sirve para este fin.

Finalmente, las personas cuidadoras tendrán atención preferente para votar y podrán informar de esta situación a la presidenta o presidente de mesa.

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